jueves 28 de enero de 2010

Adiós FACUA!! (respuesta)

Esta entrada es en respuesta al mensaje en facebook de FACUA (por legibilidad, lo reproduzco literalmente a continuación) el cual es respuesta, a su vez, a mi anterior post.
Lamentamos tu insatisfacción y tomamos nota de tus apreciaciones para mejorar nuestros métodos de funcionamiento. Contrariamente a lo que conoces por tu experiencia personal, la mayoría de las reclamaciones sí se ganan mediante procedimientos extrajudiciales. En cualquier caso, la cuota que abonamos los socios de pleno derecho no implica la contratación de servicios, porque no somos una empresa, sino la contribución al sostenimiento de la organización. De todas maneras, en los próximos días te devolverán el importe de la cuota anual.

(FACUA)

Si de verdad lo lamentaseis y tomaseis nota de ello para mejorar, lo habríais hecho hace meses cuando ya os comenté, por primera vez, el mismo problema (y que os he comentado, a lo largo de estos meses, varias veces más!).
A día de hoy, 28 de enero, 16 días después de mi última consulta por correo electrónico, todavía no he recibido respuesta. Sé que la abogada quería más documentación pero esto lo sé porque, después de más de una semana sin respuesta, insistí en saber qué pasaba con esa consulta, si tengo que estar encima vuestro para resolver una duda o problema, además de estar encima de la empresa que me provoca el perjuicio, apaga y vámonos!!

miércoles 27 de enero de 2010

Adiós FACUA!!

Cuando uno se hace socio de una asociación tipo FACUA, lo que espera, entre otras cosas, es poder quitarse quebraderos de cabeza de encima cuando tiene que reclamar a alguna empresa, pero no ha sido así en mi caso!

He tenido que lidiar con ellos varias veces por cosas tan simples como que no me llegan las respuestas a mis consultas, que si yo hago la consulta por correo electrónico y ellos se empeñan en responderme por correo postal, con todo el retraso que ello implica (todavía estoy esperando la respuesta a mi última consulta).

viernes 22 de enero de 2010

La ineficiencia respondiendo a las consultas de FACUA

A/a del personal de FACUA:
¿¡Tenéis alguna fobia con respecto al correo electrónico!?
No entiendo porqué os empeñáis siempre en responder las consultas que os hago por correo electrónico, a través del correo postal!! ¿¡Pero en qué siglo estáis!?
Entiendo que eso se haga cuando se envía documentación o similar que necesite ser enviada de forma original (con sello, firma, etc…). Pero responder, una simple consulta, por este medio lo único que hace es retrasar la respuesta, encarecer el proceso y es poco ecológico! Especialmente si la consulta se ha hecho por correo electrónico!
Como ejemplo poner el más reciente (aunque hay más en el poco tiempo que soy socio vuestro):
Consulto un tema de una devolución de un producto a la tienda online, la cual no me quiere devolver el 100% de lo pagado, el proceso está parado: la tienda está esperando mi respuesta porque tiene el producto pero yo no el dinero.
Os envío un correo electrónico con la consulta, pidiéndoos que no os demoréis en la respuesta por lo dicho antes, eso fue el 12/01/2010, todavía estoy esperando…
Os vuelvo a consultar y hoy (22/01/2010) me respondéis diciendo que la abogada me ha enviado una carta por correo postal con la respuesta a mi consulta en la que se me pide copia de la documentación!! ¿Eso no me lo puede decir, más rápidamente, por correo electrónico? Simplemente pulsando responder a mi correo!!
A este paso, la reclamación la pondremos en el 2011!!

viernes 8 de enero de 2010

Sobre las reclamaciones de Consumo...

El sistema de protección del consumidor en España es de pena: poco eficiente, lento y, en muchos casos, es un tiempo perdido porque es totalmente voluntario y, evidentemente, las empresas no suelen aceptar someterse al arbitraje.

Lo cual obliga al consumidor, en la mayoría de los casos, a meterse en juicios con el sobrecoste (en tiempo, esfuerzo y dinero) que conlleva esto.

Una empresa lo tiene claro: si la cantidad reclamada es menor a 1.000€ (no recuerdo exactamente el tope, así que si lo sabe alguien que, por favor, me lo diga) el demandante no tiene obligación de pagar a un abogado y si lo hace, aunque gane el juicio, no recuperará ese dinero pagado al abogado (lo que se suele llamar las costas del juicio). Es decir, que la empresa, en estos casos, pagará lo mismo si se somete al arbitraje de Consumo que si va a juicio. ¿Por qué habría de someterse entonces a un arbitraje que, muy probablemente, sea contrario a sus intereses y ponérselo fácil al consumidor? Es mejor complicarle la vida para que desista de su reclamación y la empresa así se salga con la suya.

Mientras la ley no cambie en este sentido, dando un “incentivo” a las empresas para que les compense someterse al arbitraje nos seguirán tomando el pelo. Y ese incentivo tendría que ser en forma de una multa, proporcional a la cantidad reclamada, para las empresas que no se someten al arbitraje pero que pierden el juicio posterior.

¿Por qué las Asociaciones de Consumidores no luchan más por este tipo de cambios en la normativa vigente que hagan mucho más efectiva su labor y que, por otro lado, ayudaría a liberar a los juzgados de trabajo y agilizaría los procesos de reclamación?